Ja está publicat. Ací teniu el enllaç:

 

http://www.docv.gva.es/datos/2015/10/27/pdf/2015_8671.pdf

 

I vos deixe un xicotet resum de les coses més destacades:

Las madres y padres, representantes o tutores legales del alumnado que participe en el programa estarán obligados a:

1. Presentar los justificantes de compra o copia confrontada de la fac- tura por compras de libros de texto y otro material curricular para el curso correspondiente, efectuadas durante el ejercicio presupuestario en que se publique la convocatoria, según lo que se determina a continuación:

La justificación se efectuará mediante la presentación de facturas o documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa.

Los justificantes deberán contener, como mínimo, el nivel de deta- lle para que puedan ser considerados válidos, y incluirán: NIF/CIF del proveedor, número de factura, fecha, dirección, relación nominal de los productos adquiridos, con el precio.

Si el alumnado ha comprado los libros a través de el AMPA, esta presentara en el municipio o municipios donde esté empadronado el alumnado la factura o facturas globales de la empresa proveedora. El AMPA emitirá un documento justificativo individualizado, con las datos del alumno/a, importe, relación de libros adquiridos y datos de la factura o facturas globales en los que están incluidos (según el modelo que se facilitará por la Administración). Este documento será el que presenta- rán las personas interesadas en el ayuntamiento a los efectos del cobro de las ayudas.

 

2. Procurar un uso adecuado y cuidadoso de los libros de texto con la finalidad de reintegrarlos al acabar el curso escolar y configurar el banco de libros.

Una vez finalizado el curso escolar correspondiente, las madres y padres o tutores legales del alumnado participante en el programa Xarxa de Llibres de Text de la Comunitat Valenciana entregarán, en el centro donde el alumnado curse los estudios, los libros de texto y otros materiales curriculares, los cuales formarán parte del banco de libros y podrán ser utilizados por otros alumnos en los cursos posteriores. Los libros deberán estar en buen estado de conservación para su uso futuro y no tener señales de deterioro. El incumplimiento de estas obligaciones impedirá participar en el programa para el curso siguiente.

También, excepcionalmente, en aquellos casos de alumnado que está escolarizado en centros públicos o privados concertados no pre- vistos en el párrafo anterior, y que por sus condiciones socioeconómi- cas, no disponga de recursos suficientes para efectuar la compra de los libros, con certificación de los servicios sociales del ayuntamiento, el centro podrá hacer directamente la compra, en nombre de los/de las alumnos/as, y presentar la factura en el ayuntamiento.

La financiación global de las ayudas para el curso escolar, será de hasta 200 euros por cada alumno o alumna, con cargo a los presupuestos de la Generalitat, de los ayuntamientos o entidades locales menores beneficiarios, y en su caso, de las diputaciones provinciales.

En el caso de que el gasto sea menor de 100 euros, únicamente se podrá abonar la cuantía por el valor justificado.